Se anunció la semana pasada y ya es oficial. Con estos cambios, se podrá deducir del Impuesto a las Ganancias


      • $ 12.000 para el Período fiscal 2019
      • $ 18.000 para el Período fiscal 2020
      • $ 24.000 para el Período fiscal 2021Esto incluye las sumas que pagan los tomadores y asegurados por seguros para casos de muerte y seguros mixtos. Para el período fiscal 2018, deberá considerarse como monto máximo deducible en cada uno de los conceptos indicados en los incisos b) y j) del artículo 81 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, al establecido en el tercer párrafo del inciso b) del mismo.Mirá el comunicado del gobierno en este link.

Decreto reglamentario 59/2019


Contactate con tu productor para asesorarte en

Whatsapp: +54 351 520 1754
info@makeateam.com.ar
Facebook